Apenas unos días han servido para
hacer envejecer las propuestas incluidas en el Informe de la Comisión de
expertos para la revisión del modelo de financiación autonómica que se
presentaron en julio de este año. La razón estriba en que sus recomendaciones
estaban basadas en los últimos datos disponibles en su momento y estos
correspondían al año 2014.
La salida de empresas de Cataluña
en estos días obliga a revisar el trabajo de los expertos pues cambia sustancialmente
los datos sobre los que se basaron sus propuestas. La fuga de empresas obligará
a cambiar la aritmética con la que luego se vestirá el nuevo sistema de
financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y de las Ciudades
con Estatuto de Autonomía.
La magnitud del cambio lo va a
dar la cantidad y calidad de “modelos 036” que se hayan presentado, estén
presentando o se vayan a presentar ante la Agencia Tributaria. Aunque parezca
aburrido el asunto es sencillo y demasiado importante como para pasarlo por
alto.
La legislación española permite
que las empresas mantengan domicilios sociales y fiscales diferentes. No es lo
habitual pero es legalmente posible. Esto es lo que ha llevado a muchos
clientes a preguntarse si el cambio en el domicilio social de muchas empresas
hasta ahora residentes en Cataluña es sólo una medida cosmética que no va
acompañada de un cambio en el domicilio fiscal. La clave está en si la empresa
ha comunicado la modificación en su domicilio fiscal a la Agencia Tributaria
utilizando el modelo 036.
¿En qué afecta el cambio en el
domicilio fiscal al informe emitido por la Comisión de Expertos? Principal pero
no únicamente en la recaudación del Impuesto sobre el Valor Añadido. El actual
sistema de financiación autonómico (aprobado en 2009) establece que el 50 % de
lo recaudado por la Agencia Tributaria del Estado en cada región, se transfiere
a esa misma región para cofinanciar los servicios cuya competencia se le ha
transferido. Precisamente el día 20 de esta semana termina el plazo para la
presentación del modelo 303 que sirve para la liquidación del IVA
correspondiente al tercer trimestre de 2017. Será poco después cuando se tenga
una primera “fotografía” de cómo se modifica la distribución de recaudación por
IVA en las quince regiones españolas de régimen de financiación.
Pero ojo con lo siguiente. El
cambio en el domicilio social de las grandes empresas va a obligar al cambio de
residencia de la mayor parte del personal empleado en los servicios centrales.
De no ser así, los clientes y los proveedores más pronto que tarde se darán
cuenta de la realidad. El cambio de domicilio de estos empleados provocará –en
buena parte- un cambio también de su domicilio fiscal y, finalmente, de dónde
se imputa geográficamente el pago de su IRPF. Téngase en cuenta que también el
50 % de la recaudación de este impuesto se transfiere a las Comunidades
Autónomas para su financiación. No obstante y a diferencia de lo que ocurre con
el cambio en el domicilio fiscal de las empresas, los contribuyentes del IRPF
no lo tendrán que comunicar hasta la próxima campaña de renta que comenzará en
abril de 2018 y se extenderá hasta final de junio de ese año. Un último dato y
no menor, los sueldos que perciben los empleados en los servicios centrales de las
empresas no son, precisamente, los más pequeños.
El cambio en el domicilio social
de las empresas me atrevo a afirmar que conllevará, mayoritariamente, el de su
domicilio fiscal. Por dos razones. La primera porque las empresas huyen de un
escenario de inseguridad jurídica no sólo en el ámbito mercantil sino también
fiscal. Aunque no esté directamente relacionado, el anunciado ‘corralito’
financiero de una portavoz de las CUP es algo que jamás haría alguien con
influencia en la política monetaria precisamente para suavizar el pánico que se
desata una vez puesto en marcha.
La segunda razón por la que el
domicilio fiscal acompañará al cambio del domicilio social es porque la
información es suficientemente transparente como para llegar a conocimiento de
los clientes rápidamente. Acaba de otorgarse el Premio Nobel de Economía a
Richard Thaler por sus trabajos en “Economía conductal” donde se subraya la
importancia que la psicología de los agentes tiene en sus decisiones
económicas. La socialización del boicot a determinadas empresas o productos por
su identificación con prácticas que reprueban sus clientes responde a que dejan
de serlo incluso cuando el producto que rechazan es objetivamente bueno en
calidad y precio. Las pasiones son así. Las empresas lo saben. Por supuesto
antes de conocer que el Nobel se lo iban a dar a Thaler.
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