miércoles, 27 de mayo de 2015

¿POR QUÉ LOS EMPRESARIOS QUIEREN LA INVESTIDURA? (José Manuel Cansino en La Razón el 26 de Mayo de 2015)

Además de al propio PSOE de Andalucía, la voz que con más persistencia se ha oído urgiendo alcanzar un acuerdo de gobierno ha sido la de los representantes empresariales. La explicación es clara; el presupuesto regional representa el 21,7% del PIB andaluz. Una cifra ésta muy superior a la que representan el resto de las administraciones autonómicas regionales que –en promedio- significaban el 15,8%. Si a esta mayor participación presupuestaria de la Junta de Andalucía se añade la regulación de la actividad económica, la resultante es una economía muy condicionada por la administración regional, de forma que una parte significativa del sistema productivo andaluz es cliente, proveedor o usuario de un Sector Público cuyo peso sobre la economía andaluza es determinante.



Casi medio año antes de una consulta autonómica (también nacional) toda normativa en curso se paraliza salvo cuando se trata de otorgar contratos y concesiones ante un previsible cambio de gobierno. Luego se necesitan otros seis meses para retomar la producción de normas legales una vez nombrada la nueva estructura de gobierno. Si este proceso se dilata con una situación como la que ahora atraviesa la candidata a la presidencia de la Junta de Andalucía, Susana Díaz, el resultado es una parálisis muy dañina de parte de la actividad económica.
Sin embargo, lo verdaderamente grave es tener una economía que depende crucialmente del binomio que forma una situación de sobre-regulación administrativa y de inestabilidad de la norma. Ninguna economía boyante puede depender cada tres años de una ralentización de sus decisiones y es que la importancia de la Administración Pública no sólo debe medirse por la magnitud de su presupuesto –de por sí importante-, sino también por una regulación extrema de la vida de las empresas y de los profesionales.
No obstante, a pesar de ser un lugar común la invocación de las propias organizaciones empresariales de simplificar los trámites administrativos para facilitar el ‘emprendimiento’, la plasmación en la práctica de medidas concretas de esa simplificación apenas ocupa espacio en el debate. Es importante en este punto citar dos hitos en este necesario camino hacia la desocupación de la actividad económica por parte de la Administración.
El primero y más importante es el documento publicado en 2014 por la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas. Los trabajos de esa Comisión se acogen en la Oficina para la Ejecución de la Reforma de la Administración (OPERA) pero las conclusiones recogidas en el documento son poco llamativas como revela el siguiente párrafo: “Se ha constituido el ―Grupo de Trabajo para la elaboración de un programa de racionalización administrativa, en el seno del Consejo de Política Fiscal y Financiera‖, desde donde se impulsa la necesaria coordinación interadministrativa, y se mantienen contactos bilaterales con todas las Comunidades Autónomas.” Aun reconociendo la complejidad del Estado de las Autonomías en España, el párrafo anterior no deja de ser bastante frustrante.
El segundo documento que se ha atrevido a pasar del lugar común de “hay que simplificar los trámites administrativos” a ponerlo en negro sobre blanco fue el elaborado en 2014 para el Observatorio Económico de Andalucía el Profesor Eduardo Gamero Casado de la Universidad Pablo de Olavide. El documento en cuestión – denominado SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA Y MEJORA REGULATORIA EN ANDALUCÍA- consistía en un análisis de la Ley de medidas normativas para reducir las trabas administrativas para las empresas.
Las propuestas de este segundo documento incluían, en primer lugar,  la atribución expresa de la competencia para impulso y coordinación de las iniciativas de simplificación administrativa a un órgano del máximo nivel político, enclavado en el Gobierno de la Junta de Andalucía.
La segunda propuesta era la aprobación de un programa de actuaciones que articule la implantación de las medidas, con plazos específicos de ejecución; y verificación de su aplicación efectiva con revisiones periódicas y garantías de cumplimiento.

Sea como fuere, la economía andaluza sigue pendiente del BOJA y sigue pendiente de la investidura; acciones ambas que distraen del esfuerzo en conseguir ganar en competitividad sin más red de la calidad del producto y del servicio. La regulación tiene su razón en la compensación del lado más débil del mercado, pero la pierde en casi todo lo demás

jueves, 21 de mayo de 2015

¿Y SI LOS COLEGIOS CATÓLICOS SE NIEGAN A ENSEÑAR INGLÉS? (José Manuel Cansino en La Razón el 18/5/2015))

En las Facultades de Economía, no diré que el Premio Nobel de cada año, pero desde luego los grandes Premios Nacionales de Economía, pasan mayoritariamente desapercibidos. No ha sido así este año, al menos en mi grupo, con el Premio Príncipe de Asturias de las Ciencias Sociales a la joven Catedrática de Economía, Esther Duflo. Buena parte de mis alumnos conocían la noticia y ello posiblemente sea debido al interés por el desarrollo económico (campo de las principales aportaciones de la premiada), pero también al buen nivel de los alumnos de la Facultad de Economía de la Universidad de Sevilla, recientemente incluida en el ‘top’ de las facultades del Mundo según el ranking de Shanghai.



(La economista Esther Duflo)


Los trabajos de la Príncipe de Asturias subrayan la importancia de la labor de la Sociedad Civil en el desarrollo personal y económico. Precisamente el galardón se ha concedido coincidiendo con la Sentencia de un Tribunal de Justicia que daba la razón a una familia que quería que sus hijos recibiesen educación bilingüe en un Colegio Católico de Mataró; las Escuelas Pías. Entre uno y otro hecho hay una ligazón, absolutamente casual pero muy significativa. Trataremos de explicarla.
En el año 2002, la ONG de Bangladesh BRAC diseñó un plan de ayuda al desarrollo conocido como “modelo de graduación”. El Plan consistía en ayudar a 21.000 personas de entre los 1.000 millones que viven en situación de pobreza extrema en el Mundo. La actuación se llevó a cabo en Etiopía, Ghana, Honduras, India, Pakistán y Perú y los participantes escogieron sus medios de vida, desde colmenas de abejas en Etiopía a la cría de cobayas en Perú
Durante la ejecución del programa, los hogares recibieron una ayuda mensual en forma de comida o dinero en metálico. El objetivo era permitir que los beneficiados se pudieran centrar en sus nuevos negocios contando además con la ayuda de un equipo de asesores que les visitaba y asesoraba semanalmente para solucionar sus problemas. Después de dos años de asistencia, los beneficiarios se quedaban solos. 
Precisamente Esther Duflo y otros colegas han estudiado los resultados del plan puesto en marcha por la ONG de Bangladesh encontrando que “Por cada euro invertido, la gente generaba entre 1,33 y 4,33 euros, dependiendo del país”. Allí donde la ayuda internacional al desarrollo había conseguido resultados bastante limitados, esta acción demostró ser sumamente eficaz. Algunas de sus investigaciones pueden leerse en las revistas Journal of Public Economics o en el Journal of Development Economics.
La ayuda que recibieron las 21.000 familias elegidastambién incluía facilitar el acceso a la educación. Precisamente eso es lo que ha conseguido la familia de Mataró con la sentencia del Tribunal que obligaba al Colegio de inspiración católica a cumplir con la ley y permitir la enseñanza bilingüe de sus hijos. De la misma forma que la ONG de Bangladesh prestó ayuda a las familias elegidas para el programa de desarrollo, la ONG Sociedad Civil Catalana, ofreció ayuda legal a la familia de Mataró. Ambos son ejemplos de cuerpos intermedios que han prestado ayuda eficaz una contra los abusos de un sistema económico, otra contra los abusos de una autoridad insumisa a aplicar las leyes educativas.
El desarrollo personal y económico es mucho más fácil en condiciones de libertad; libertad que exige ausencia de coacción externa. Libertad para el ejercicio de unos derechos individuales que son incluso anteriores a cualquier Estado y manifestación del Derecho Positivo. Derechos entre los que están el derecho a la vida, a la libertad y a la búsqueda de la felicidad.
Ya resulta llamativo que en mitad de una persecución religiosa brutal como están sufriendo centenares de miles de cristianos a manos del yihadismo, algunas instituciones de la Iglesia Católica en España, ejerzan esta forma suave de apartheid lingüístico. Yo les invito a visitar la web del Colegio de las Escuelas Pías de Mataróhttp://mataro.escolapia.cat/ ) y si alguien encuentra alguna información para los castellano-hablantes, por favor, que me saque del error ¿Cuál hubiese sido la reacción social si el colegio católico se hubiese negado a impartir clases en inglés o el Obispo de turno en Perú, opuesto a la cría de cobayas por las familias acogidas al programa de ayuda?
A veces, la mayor barrera para los que han de superar una situación de pobreza ya sea económica ya sea en forma de falta de acceso a la sanidad o a la educación, es el indiferentismo social. De ahí que las ONG o cuerpos intermedios, tengan un papel tan importante como el que han jugado en estos dos ejemplos, primero protegiendo a los ciudadanos de los abusos de la autoridad y segundo, actuando de forma subsidiaria, evitando que los abusos del mercado o de la Administración autonómica, fagociten a la sociedad civil.

martes, 12 de mayo de 2015

SUBSIDIO AGRARIO (José Manuel Cansino en La Razón el 11/5/2015)

En el año 1971, aún en pleno Régimen de Franco, se aprobaba el primer plan sistemático de transferencia de renta al sector agrario; el Plan de Empleo Comunitario. A partir de ese momento, el cambio de sistema político trajo consigo la reaparición de la denominada ‘cuestión social agraria’ y la reivindicación de la reforma agraria orientada a la expropiación y al reparto de la tierra. Por cierto que el éxito de la película ‘La Isla Mínima’ ha servido para devolver al público un recuerdo muy ajustado de aquellos momentos a modo de telón de fondo parcial de la trama.



La Reforma Agraria había sido una vieja aspiración con varios hitos históricos ejecutados con diferente éxito; la ley republicana de 1932, la contra-reforma republicana de 1935, el intento falangista a través del Servicio Nacional de Reforma Económica y Social de la Tierra creado en abril de 1938 y los intentos de finales de la década de los 70 y década de los 80 del siglo pasado. El análisis de todos estos intentos permite concluir que conforme el sector agrario dejó de emplear a la mayor parte de la población ocupada en España, la reforma agraria en la práctica y a fines del siglo XX pasó de basarse en el modelo clásico expropiación-reparto al modelo de sistema de protección social extendido (subsidio agrario) orientado al fenómeno de la temporalidad junto con programas anuales de inversión pública con un sistema de gestión proclive a la creación de redes clientelares. La reivindicación por la propiedad de la tierra fue sustituida, política y sindicalmente, por la reivindicación de un sistema de protección o de transferencia de renta.
¿Cuántos son los beneficiarios de estas prestaciones? ¿Hasta qué punto es rigurosa la imagen de una Andalucía subsidiada? Entre 1984 y 2013, el número máximo de perceptores se alcanzó en 1989 con 296.500. Las etapas de expansión económica fueron reduciendo el número hasta los 196.083 de 2009, año en el que vuelve a crecer. Los beneficiarios de las prestaciones ‘agrarias’ (subsidio y renta agraria) representan el 27.2 % del total de perceptores de prestación por desempleo en Andalucía y que sumaron –al final de 2014- 642.063 personas. Desde otra perspectiva, los ‘subsidiados agrarios’ representan el 2 % de la población total en Andalucía. La situación no es muy diferente en Extremadura –la otra región española que tiene acceso a este sistema especial de protección-. En Extremadura los subsidiados agrarios también representan el 27 % del total de personas que reciben una prestación por desempleo y el 2.3 % del total de su población.
Entre los pocos analistas que nos hemos acercado a esta cuestión desde la investigación económica, no es infrecuente oír que los fondos que se han transferido a Extremadura y Andalucía por el sistema de protección agrario en su conjunto (subsidios, inversión pública y fondos para la formación) están muy por debajo de los que recibieron –por ejemplo- la cuenca Astur-Leonesa por la reconversión de la minería u otras zonas que soportaron la reconversión industrial de los primeros gobiernos socialistas de los años 80. Probablemente sea cierto pero nadie ha puesto esos números encima de la mesa. Decimos que probablemente sea cierto porque la cuantía de la prestación es actualmente de 426 euros al mes (el 80 % del denominado Indicador Público de Renta a Efectos Múltiples); muy por debajo de las rentas por prejubilación que se pagaron en la minería. Así si ‘La Isla Mínima’ es una buena película que recuerda las aspiraciones de reforma agraria de fines de los 70 y 80, ‘Los lunes al sol’ lo es de la reconversión de la minería.
No obstante hay una importante diferencia entre el sistema de protección agrario y el de reconversión de la minería; el primero está diseñado para quedarse y el segundo para extinguirse y eso tiene efectos determinantes sobre la movilidad de la población.

Las aspiraciones de reforma agraria del siglo XXI posiblemente no hayan desaparecido pero sí se han reinventado. Aunque sigan existiendo comunistas, anarquistas o falangistas que, por convicción o romanticismo, siguen empeñados en una reforma ajustada al esquema de expropiación+reparto, la nueva reforma agraria está orientada al cambio de la agricultura a sistemas de gestión sostenibles y de producción sana. La iniciativa británica de etiquetado ecológico (ecolabelling), las reivindicaciones sobre la calidad de las granjas ganaderas y avícolas, el uso de los coproductos agrícolas como materia prima para las energías renovables o las barreras a la importación de productos agrícolas para los que no se certifique que se han obtenido sin explotación infantil constituyen algunos de los pilares de la nueva reforma agraria.

martes, 5 de mayo de 2015

UNIENDO LAS PENSIONES A LOS HIJOS (José Manuel Cansino en La Razón el 4/5/2015)

Garantizar el pago de las pensiones de jubilación preocupa mucho más a la sociedad española que la crisis de natalidad descrita, por ejemplo, por Alejandro Mazarrón en ‘El suicidio demográfico de España’ (Homolegens). Las razones de esa preocupación asimétrica son varias, complejas y quedan extramuros de este artículo pero debe asumirse que ambas cuestiones han de abordarse conjuntamente cuando, como en España, la financiación de las pensiones se basa en un ‘sistema de reparto’. Precisamente este sistema –el más extendido entre los países con sistemas públicos de renta futura- supone financiar las pensiones pagadas en cada momento con las aportaciones de las empresas y los trabajadores empleados en ese mismo tiempo.
Sin ánimo de ser exhaustivo, propongo dos medidas para afrontar conjuntamente pensiones de jubilación y natalidad.



La primera es que las pensiones privadas complementarias deben ser parte de la negociación colectiva en aquellas empresas que superen una dimensión mínima de plantilla. Así, el profesor Diego Valero en ‘Pensiones una reforma medular’ (Círculo de empresarios) señala que para salvar la garantía constitucional de que no pueden ser obligatorios los planes privados de pensiones se pueden utilizar sistemas de ‘soft compulsion’ u obligación suave como los que funcionan en Suecia, Italia, Irlanda, Nueva Zelanda y EEUU. Son sistemas de autoafiliación en los que el trabajador de enrola automáticamente en el plan de pensiones de la empresa cuando comienza a trabajar aunque es libre de renunciar a esta afiliación.
Particularmente interesantes es el sistema del Reino Unido denominado ‘National Employment Savings Trust’ cuyo elocuente acrónimo –NEST- significa ‘nido’ en inglés.  El NEST está basado en dos principios 1) la autoafiliación y 2) la opción por defecto. De esta forma, todos los trabajadores a partir de 22 años quedan afiliados al sistema salvo que indiquen de forma expresa lo contrario o que ya formen parte de un plan de pensiones ocupacional donde la tasa de contribución sea superior al 8 % (precisamente la del NEST).
Efectivamente, la tasa NEST es del 8 % del salario (3 % a cargo del trabajador, 4 % del empleador y 1 % a cargo del Estado como bonificación fiscal). Nuestra propuesta para España es que la aportación del Estado se realice en forma de cheque (no de bonificación fiscal por razones en las que no vamos a extendernos) y se module significativamente según el número de hijos del trabajador.
Con mayor precisión, el fondo de pensiones privado y complementario del público que se constituya según proponemos se debería gestionar en forma que alcanzada la jubilación funcionase como un ‘Retiro programado’. Técnicamente es una renta vitalicia (igual que una pensión de jubilación pública) pero sin cuantía garantizada. Así, aunque para el año 1 de cobro está pactada la cantidad, para el año 2 y siguientes, la cantidad depende del monto remanente más la rentabilidad que genere.
Esta fórmula no niega la posibilidad de dejar legado a los descendientes por la parte no ‘consumida’ de la renta. Esta es una cuestión central teniendo en cuenta las preferencias de ahorro de los españoles pues el 80 % de los activos en poder de las familias son reales y, principalmente, la vivienda que ocupan. Nuestra propuesta haría más atractiva esta fórmula de ahorro nacida de la negociación colectiva en la empresa.
La segunda propuesta que lanzamos aquí es extender a los planes de pensiones complementarios las actuales medidas de promoción por aportación a sistemas de previsión social constituidos a favor de personas con discapacidad.
Actualmente, el contribuyente que realice aportaciones a un sistema de previsión social que sea a favor de una persona con discapacidad, podrá reducir de su base imponible del IRPF la cantidad aportada con el límite de 8.000 euros anuales. Esta reducción es independiente de la que la persona pueda realizar a sus propios sistemas de previsión social. Para acceder a esta reducción el contribuyente tiene que ser familiar (padres, abuelos, hijos, nietos, cónyuge, tíos) de las personas discapacitadas, o aquéllos que les tuviesen a su cargo en régimen de tutela o acogimiento.
Naturalmente el objetivo de este sistema es garantizar unos recursos futuros a las personas con discapacidad una vez fallecidos sus ascendientes. En definitiva es un instrumento de protección de los hijos ante necesidades futuras. Precisamente, en no pocas familias donde la comodidad material es muy valorada, pesa frente a la decisión de tener hijos la incertidumbre futura de los mismos en sociedades que viven bajo los azotes de la crisis. Este tipo de instrumento es una vía para garantizar una renta vitalicia para los hijos mucho más segura que dejar un legado inmobiliario cuyo valor puede bajar sensiblemente es etapas de crisis y cuyo precio –una vez vendido- puede gastarse rápidamente fruto de una mala administración.

Naturalmente, la natalidad no es única ni principalmente, consecuencia de decisiones económicas si bien esto no quita que se fomente en sociedades como la nuestra en las que está sometida a una grave crisis con consecuencias también para las pensiones de jubilación.